¿Cómo se calcula el Impuesto de Donaciones?

El Impuesto de Donaciones como su propio nombre indica regula las donaciones que se realicen ya sean económicas o de inmuebles. Este tipo de trámites se realizan entre inter vivos, es decir, solo se pueden realizar en vida. Y recordamos que será el receptor de la donación el que tiene que pagar este impuesto. Es importante recordad que las donaciones han de realizarse ante notario y en escritura pública. En el caso de dinero habrá que justificar el origen de ese dinero y plasmarlo en la escritura.
En algunas ocasiones, los clientes nos preguntan si es más aconsejable dejar una vivienda en herencia, hacer una donación en vida o vendérsela a un hijo.
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¿Cómo funciona el Impuesto de donaciones en Madrid?
Las medidas fiscales en la Comunidad de Madrid establecen una serie de bonificaciones del 100% para el Impuesto de Donaciones, en concreto para las donaciones entre parientes pertenecientes a los grupos I y II de parentesco y hermanos, siempre y cuando estas no superen los 250.000€. Estas donaciones deben ir destinadas a:
- Adquisición de una nueva vivienda.
- Apertura de un nuevo negocio.
- Adquisición de acciones y participaciones sociales en sociedades o cooperativas.
Además, las nuevas medidas fiscales establecen una bonificación para las herencias entre hermanos del 15%, y tíos y sobrinos que será del 10%.
Cuando vamos a realizar una donación debemos tener en cuenta que el donatario tendrá que tributar por ello. El impuesto que debemos pagar en este caso es el impuesto de sucesiones y donaciones.
¿Cómo se calcula?
Este impuesto se calcula de manera muy similar al de una herencia. Para establecer la base imponible se tomará como referencia el valor real de los bienes y derechos transmitidos. En el caso de una donación económica, se pagará en función de la cantidad recibida. En caso de recibir una vivienda como donación, se tomará como referencia el valor real de mercado. Si no conocemos este valor real de mercado, se podrá recurrir a la valoración mínima proporcionada por la Dirección General de Tributos de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Para poder conocer esta valoración mínima podemos obtenerla desde:
Sede electrónica del Catastro
: introduciremos los datos de la vivienda y obtendremos un número de referencia.- Con esa referencia y en la página web correspondiente de cada comunidad, en esta caso Madrid, obtendremos el valor mínimo del inmueble.
¿Cuánto se paga por el Impuesto de Donaciones en Madrid?
El impuesto de donaciones, al igual que ocurre con las herencias, está estipulado por cada Comunidad Autónoma, por lo que dependiendo de nuestro lugar de residencia pagaremos más o menos por este impuesto. En el caso de Madrid, tiene una bonificación del 99% de la cuota.
Bonificaciones en Madrid
- Para donatarios que sean descendientes, cónyuges o ascendientes, adoptantes o adoptados tendrán una bonificación del 99% de la cuota tributaria.
- En el caso de donaciones entre hermanos, estas tendrán una bonificación del 15% de la cuota.
- Para tíos y sobrinos, la bonificación será del 10% de la cuota.
¿Cuándo y cómo se paga?
Este impuesto se presentará en un plazo de 30 días hábiles a contar desde la donación ante notario. Se puede presentar de forma presencial o de manera electrónica.
De manera presencial:
Se deberá rellenar el Modelo 651, y presentarlo en la Oficina Nacional de Gestión Tributaria, junto al resguardo del ingreso del importe de la autoliquidación.
La sede de la Oficina Nacional de Gestión Tributaria se encuentra en el Paseo de la Castellana, N.º 147, bajo, C.P.: 28046 Madrid.
De manera telemática:
Estos trámites se realizarán a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, para ello será necesario disponer de un certificado digital y descargarse el programa para la cumplimentación del documento.
Una vez cumplimentado el documento y realizado el pago, habrá que realizar el anexado de la escritura. Posteriormente el sistema generará de manera automática un número de presentación en la autoliquidación y una diligencia de presentación. Estos documentos deberán ser impresos para su presentación en los Registros.
Documentación a presentar
- Original y copia simple de la escritura de la donación.
- Documento de identidad, pasaporte o certificado del Número de Identificación de Extranjeros.
- Los receptores de la donación no residentes en España, deberán aportar la documentación que identifique a su representante fiscal en España.
No debemos olvidar, que en los casos de donaciones también tenemos que pagar la plusvalía municipal. Si recibimos un bien inmueble como donación deberemos pagar este impuesto. Este tributo determina el valor del suelo cuando se adquirió por primera vez el inmueble hasta su segunda adquisición.
¿Qué documentos debo presentar en el Registro para una inscripción tras una donación?
Cuando recibimos un bien inmueble por donación es necesario registrar esta operación en el Registro de la Propiedad. Deberemos presentar la siguiente documentación:
Escritura pública de donación
otorgada ante notario por el donante y la aceptación por parte del donatario.Hay que presentar la liquidación del pago del Impuesto de Donaciones y plusvalía.
Cabe destacar que en el caso de que la aceptación por parte del donatario se haga con posterioridad al acto de donación, será necesario acreditar que dicha donación se ha realizado en vida del donante.
¿Dónde se paga el Impuesto de Donaciones cuándo las partes viven en comunidades distintas?
Por último, os presentamos el caso de que cada una de las partes residan en comunidades distintas, en estos supuestos ¿Dónde se pagaría el impuesto? Por un lado, si se trata de una donación económica el Impuesto de Donaciones se pagará en la Comunidad Autónoma donde resida el donatario. En cambio, si la donación es de un inmueble se pagará el la comunidad donde esté ubicada la vivienda.
En la mayoría de los casos, la finalidad de este supuesto es entregar una vivienda a los hijos en vida, pero muchas veces por desconocimiento del sector no estamos tomando la mejor decisión. No debemos olvidar que al entregar una vivienda en donación también se paga una plusvalía por la misma. En cambio, si se vende la vivienda y el dinero que se obtiene se entrega a los hijos con el objetivo de comprar una vivienda, como hemos dicho al principio, tiene una bonificación del 100%.
Finalmente, si lo que queremos es dar una cantidad económica a un familiar para que pueda adquirir una vivienda, podemos realizar un préstamo entre familiares, el cual está exento de pagar el impuesto de donaciones, ya que se trata de un préstamo y esa cantidad de dinero será devuelta.
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